05_20_2025

El agua potable, un recurso vital para la supervivencia humana, ha sido objeto de una importante transformación normativa con la entrada en vigor del Decreto Legislativo nº 18 de 23 de febrero de 2023. Esta medida, por la que se aplica la Directiva 2020/2184/UE, constituye una importante actualización de la normativa italiana sobre el agua de consumo humano, derogando el anterior Decreto Legislativo 31/2001 y proponiendo un nuevo enfoque de la gestión de la calidad y la seguridad del agua.

En DKR, con un sólido conocimiento de la legislación vigente, nos comprometemos a mantener informados a nuestros usuarios sobre la evolución de la normativa sobre agua potable. Trabajar en el ámbito de la construcción y el mantenimiento de casas de agua e dispensadores de agua para escuelas, oficinas, e Sector Horeca, garantizamos que nuestras soluciones cumplen las últimas normas de calidad y seguridad. Para nosotros es crucial educar a los clientes sobre la importancia del acceso al agua potable, asegurándonos de que están al día sobre la normativa y sus implicaciones para la calidad del agua.

Objeto y ámbito de aplicación del último Decreto sobre agua potable

En Decreto Legislativo nº 18 de 2023 tiene por objeto garantizar que el agua potable sano y limpiomejorar la calidad y reducir los riesgos asociados al consumo. El artículo 2 del decreto define claramente lo que se entiende por "aguas destinadas al consumo humano", incluidas las aguas tratadas o sin tratar destinadas al uso doméstico, a la preparación de alimentos y bebidas, y las incorporadas a los alimentos durante su producción. Esta definición abarca diversas fuentes, ya sean redes de distribución, cisternas, botellas o contenedores, e incluye también las aguas de manantial.

El artículo 3 especifica las exenciones, que abarcan las aguas minerales naturales, las aguas medicinales y las aguas destinadas exclusivamente a usos específicos no potables. Estas exclusiones hacen hincapié en un enfoque específico, reconociendo las variaciones normales de la calidad y el uso del agua en las distintas aplicaciones.

evolución de la normativa sobre agua potable

Obligaciones generales en materia de calidad del agua

El Decreto Legislativo nº 18/2023 estipula que el agua destinada al consumo humano no debe contener microorganismos, virus, parásitos u otras sustancias en cantidades que supongan un riesgo para la salud. Esto implica el cumplimiento estricto de los parámetros microbiológicos y químicos enumerados en el anexo I del decreto. Además, las medidas necesarias para garantizar la limpieza del agua no deben conducir a un deterioro de la calidad existente ni a un aumento de la contaminación de las fuentes de agua.

El decreto exige a los proveedores de agua potable que realicen evaluaciones de la eficiencia de la red y estudien mejoras para reducir las pérdidas de agua, con especial atención a los proveedores que manejan al menos 10.000 m³ de agua al día o dan servicio a un mínimo de 50.000 personas. Este planteamiento no sólo mejora la gestión de los recursos, sino que promueve la sostenibilidad medioambiental para el futuro.

Plan de seguridad acuática: evaluación y gestión de riesgos

Un elemento clave del Decreto Legislativo nº 18/2023 es la introducción de la "plan de seguridad en el agua", que implica un planteamiento basado en los riesgos para garantizar la calidad del agua. Este plan abarca la evaluación, gestión y comunicación de riesgos, con el objetivo de proteger los recursos hídricos de las amenazas físicas, químicas y biológicas, incluido el cambio climático.

La evaluación de riesgos abarca aspectos cruciales como la zonas de alimentación, i puntos de muestreo y todo el cadena de suministro de agua potabledesde los sistemas de distribución interna hasta los sistemas de almacenamiento. Colabora con las autoridades sanitarias para un control holístico de los peligros y riesgos significativos, dando prioridad a las medidas más rentables.

Seguridad del agua potable

Protección y regulación de contaminantes

El Decreto Legislativo 18/2023 establece límites más estrictos para contaminantes específicoscentrándose en las sustancias perfluoroalquiladas (Pfas) y el ácido trifluoroacético (Tfa). Estas medidas forman parte de un objetivo más amplio de protección de la salud pública, teniendo en cuenta la creciente concienciación sobre el impacto ambiental de estas sustancias.

El decreto también impone una control continuo de sustancias químicas y microbiológicascon una frecuencia de análisis que garantice una respuesta a tiempo ante cualquier infracción de la calidad. Esto se extiende también al análisis del agua potable en piscinas y aguas subterráneas, garantizando la supervisión y protección de todo el sistema.

Nuevos organismos para la seguridad del agua

Para aplicar las nuevas disposiciones del Decreto Legislativo 18/2023, se crean dos nuevos organismos: el CeNSiA (Centro Nacional para la Seguridad en el Agua) y elAnTeA (Registro Territorial Dinámico del Agua Potable). Estos organismos son responsables de la supervisión nacional de la calidad y seguridad del agua y de la gestión de los datos espaciales sobre los recursos hídricos. Contribuyen a dar una respuesta reactiva y coordinada a los problemas emergentes, garantizando una gobernanza más eficaz de los recursos hídricos.

Comunicación y responsabilidad de los ciudadanos

El decreto introduce un nuevo nivel de transparencia en la comunicación a los ciudadanosexigiendo a los proveedores de agua que informen anualmente, a través de facturas o medios electrónicos, datos sobre la calidad del agua y los controles efectuados. Este sistema de comunicación pretende dar a los ciudadanos un mayor control sobre los recursos que utilizan.

Los administradores de las comunidades de propietarios, responsables de los sistemas de fontanería, deben realizar evaluaciones de riesgos y cumplir los parámetros analíticos, y son responsables de aplicar medidas preventivas. En caso de infracción, se prevén multas importantes, de entre 4.000 y 24.000 euros.

Frecuencia y rutina de los controles

El Decreto Legislativo 18/2023 exige programas de control de la cadena de suministro de agua potable en cooperación con las autoridades sanitarias locales y los organismos del Sistema Nacional de Protección del Medio Ambiente. Los controles se dividen en externos (realizados por el operador) e internos (realizados por las autoridades sanitarias), lo que garantiza que no haya lagunas en la vigilancia continua de la calidad. Este sistema de controles periódicos es esencial para mantener la seguridad del agua potable y detectar rápidamente posibles problemas.

Análisis del agua potable

Los análisis microbiológicos y químicos del agua potable son fondamental para controlar la calidad y prevenir riesgos para la salud humana. Un ejemplo que subraya la importancia de estos análisis es el control de Escherichia coli (E. coli), una bacteria indicadora de la contaminación fecal. La presencia de E. coli es inaceptable en el agua potable y supone un riesgo inmediato. Del mismo modo, el decreto exige un control estricto de los niveles de arsénico, elemento tóxico que debe mantenerse por debajo de 10 µg/l para evitar efectos nocivos para la salud. Estos análisis, realizados por laboratorios certificados, garantizan que el agua cumple los requisitos reglamentarios.

Parámetros clave para la potabilidad del agua

Para garantizar la salubridad del agua potable, el decreto exige la verificación de 53 parámetros claveincluidos los microbiológicos, químicos, indicadores y de radiactividad. Estos parámetros garantizan que el agua está libre de contaminantes peligrosos y cumple las condiciones normales de consumo humano. Por ejemplo, el control del pH del agua debe mantenerse entre 6,5 y 9,5 unidades para garantizar no sólo la seguridad sino también el sabor del agua, evitar la corrosión de la infraestructura de distribución y asegurar que sea aceptable para el consumidor. Del mismo modo, la dosis indicativa total de radiactividad debe mantenerse por debajo de 0,1 mSv/año para prevenir cualquier riesgo para la salud derivado de la radiación.

Publicación DKR

El futuro del agua potable en Italia

En este artículo vimos cómo el Decreto Legislativo nº 18 de 23 de febrero de 2023 supuso un importante paso adelante en la protección de la calidad del agua potable en Italia. Con una normativa estricta y un control continuo, el decreto fomenta la seguridad y la sostenibilidad del sistema hídrico.

Es importante mencionar que un propuesta de decreto por el que se corrige el decreto legislativo 18/2023. Esta modificación, con nuevas incorporaciones previstas para mayo de 2025, introducirá restricciones más estrictas para las sustancias perfluoroalquiladas (Pfas) y nuevas normas para la producción de materiales en contacto con el aguaoperativa a partir del 12 de enero de 2026, lo que demuestra la evolución de la normativa para garantizar la salud pública.

En DKR siempre hemos estado atentos a la evolución de la normativa y nos comprometemos a promover el uso consciente de agua potable de alta calidad. Con un sólido conocimiento de la legislación vigente, nos aseguramos de que nuestras soluciones para el agua cumplan las normas de seguridad y calidad más recientes, lo que también queda demostrado por nuestra participación como patrocinador en la producción, impulsada por la AIAQ, del Manual del agua del Dr. Giorgio Temporelliun reconocido experto en higiene, legislación y tecnología de tratamiento de aguas. Para cualquier información sobre nuestra actividad y saber cómo podemos ayudarle, le invitamos a Contacto.

 

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